{"id":98536,"date":"2010-12-01T00:00:00","date_gmt":"2010-12-01T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.deberes.net\/tesis\/sin-categoria\/la-administracion-instrumental-en-el-proceso\/"},"modified":"2010-12-01T00:00:00","modified_gmt":"2010-12-01T00:00:00","slug":"la-administracion-instrumental-en-el-proceso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.deberes.net\/tesis\/derecho-administrativo\/la-administracion-instrumental-en-el-proceso\/","title":{"rendered":"La administraci\u00f3n instrumental en el proceso"},"content":{"rendered":"<h2>Tesis doctoral de <strong> Alejandra Boto Alvarez <\/strong><\/h2>\n<p>Esta tesis doctoral pretende profundizar en el an\u00e1lisis y estudio de una categor\u00eda cl\u00e1sica y original de la administraci\u00f3n p\u00fablica espa\u00f1ola: la llamada administraci\u00f3n instrumental. En concreto, se trata de exponer una visi\u00f3n de conjunto sobre el papel de los entes instrumentales en el litigio.  en uso de su potestad de autoorganizaci\u00f3n, las administraciones crean toda una serie de organismos de los que se valen para acometer muchas de sus funciones de una manera m\u00e1s eficaz y que, precisamente escud\u00e1ndose en la b\u00fasqueda de un funcionamiento \u00e1gil y din\u00e1mico para conseguir tal eficacia, acaban muchas veces escapando del r\u00e9gimen administrativo para operar en el derecho privado. S\u00f3lo hay que mirar a nuestro alrededor para ver la cantidad de entes de este tipo que existen hoy en d\u00eda. Las administraciones territoriales se valen intencionadamente de estas \u00abprolongaciones\u00bb instrumentales para crear a su alrededor una nebulosa desordenada donde las responsabilidades se difuminan y se eluden los controles con la excusa de conseguir un funcionamiento m\u00e1s din\u00e1mico sobre la base te\u00f3rica de la descentralizaci\u00f3n funcional. Esta descentralizaci\u00f3n da lugar a importantes problemas no s\u00f3lo relevantes en los terrenos conceptual y te\u00f3rico sino tambi\u00e9n para la praxis; de hecho, suele ser frente a este tipo de organismos que los particulares se encuentran a la hora de reclamar, por ejemplo, como usuarios de un servicio. Son organismos que parecen optar, a conveniencia, entre las reglas del derecho privado o la garant\u00eda y la protecci\u00f3n del \u00abparaguas\u00bb de lo p\u00fablico; en materia procesal esto resulta especialmente perturbador, dado que la administraci\u00f3n dispone a su favor, por el simple hecho de serlo, de un status privilegiado que desvirt\u00faa la igualdad entre las partes en litigio. Parece claro as\u00ed, que ha de concretarse la posici\u00f3n procesal de este tipo de entes que viven en una conveniente zona de penumbra entre lo p\u00fablico y lo privado, pues permitir sin m\u00e1s que se valgan de los privilegios procesales de la administraci\u00f3n a su inter\u00e9s es tanto como dejar a los usuarios desamparados, o al menos en una situaci\u00f3n de debilidad no justificada. el primer escollo con el que hemos de enfrentarnos es la carencia de una definici\u00f3n subjetiva adecuada de la categor\u00eda misma que constituye la administraci\u00f3n instrumental. Esto convierte en imprescindible comenzar nuestro trabajo con una primera parte de delimitaci\u00f3n conceptual sobre el objeto de la tesis, de suyo ya suficientemente recomendable por razones did\u00e1cticas y formativas. S\u00f3lo cuando el sujeto quede acotado se puede investigar su comportamiento procesal. Por eso la tesis est\u00e1 estructurada en dos grandes partes.  parte primera: delimitaci\u00f3n conceptual y r\u00e9gimen jur\u00eddico de la administraci\u00f3n instrumental  comienza (cap\u00edtulo i) con un repaso hist\u00f3rico, como la mejor forma de presentar y de familiarizarnos con las distintas categor\u00edas de entes que en los sucesivos momentos se han configurado como organismos instrumentales t\u00edpicos de nuestra administraci\u00f3n. Partiendo de la idea de la d\u00e9centralisation par \u00e9tablissements publics que hariou propugn\u00f3 en francia a finales del siglo xix y que ser\u00eda recibida en espa\u00f1a como inspiraci\u00f3n para la descentralizaci\u00f3n por servicios, se ha realizado un r\u00e1pido recorrido por las distintas normas generales que han intentado, infructuosamente hasta el momento, disciplinar esta materia, desde la ley de entidades estatales aut\u00f3nomas de 1958 hasta la lofage de 1997. Con ello se constata que los escollos contra los que tropieza el legislador son siempre los mismos: la heterogeneidad de formas que impera en este sector de personas jur\u00eddicas, la proliferaci\u00f3n de casos singulares y, por ende, la consiguiente tendencia a la atipicidad. contin\u00faa con una aproximaci\u00f3n al estado de la cuesti\u00f3n en algunos sistemas del derecho comparado (cap\u00edtulo ii). Y es que existe un movimiento de transformaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica, de corte estructural, institucional y procedimental, ligado a las teor\u00edas del new public management. Se trata de una tendencia global, que da lugar a una convergencia real entre los distintos sistemas occidentales. Como elementos comparativos en este cap\u00edtulo, y de forma recurrente a lo largo de todo el trabajo, se han empleado, adem\u00e1s del ordenamiento comunitario, el derecho italiano y el canadiense. Del primero, siquiera por el contexto mediterr\u00e1neo y el parentesco cultural puede presumirse una cierta proximidad con nuestro sistema, pero tradicionalmente no ha sido explotado en esta sede, mientras que el segundo representa un perfecto ejemplo de cultura m\u00e1s alejada de la nuestra. En italia, la b\u00fasqueda de un sujeto af\u00edn a nuestra administraci\u00f3n instrumental pasa necesariamente por la investigaci\u00f3n sobre la noci\u00f3n de ente pubblico; en canad\u00e1, por el estudio de las estructuras organizativas ligadas a la d\u00e9centralisation fonctionelle. por \u00faltimo, esta parte de la tesis concluye (cap\u00edtulo iii) con la propuesta de un concepto definitorio de la administraci\u00f3n instrumental. Para ello se parte de analizar los perfiles positivos de la relaci\u00f3n de instrumentalizad, tal y como aparece actualmente configurada en la lofage, y se llega as\u00ed al enunciado de una serie de notas sobre las que podr\u00eda apoyarse una nueva definici\u00f3n de la categor\u00eda de administraci\u00f3n instrumental. Tambi\u00e9n se incluyen ciertas sugerencias de lege ferenda en base a la problem\u00e1tica observada y a la constataci\u00f3n de las t\u00e9cnicas utilizadas en otros sistemas.   parte segunda: la administraci\u00f3n instrumental como parte procesal  aqu\u00ed se pretende esclarecer las condiciones en que los organismos de la administraci\u00f3n instrumental, y de manera incidental tambi\u00e9n otros entes instrumentales, act\u00faan como parte en un litigio. La investigaci\u00f3n se ha articulado en torno a los tres grandes pilares de la disciplina procesal subjetiva: legitimaci\u00f3n, postulaci\u00f3n y posici\u00f3n procesal. Por eso esta segunda parte de la tesis est\u00e1 tambi\u00e9n dividida en tres cap\u00edtulos. comienza (cap\u00edtulo iv) estudiando la problem\u00e1tica del acceso a la jurisdicci\u00f3n por parte de los entes instrumentales, centr\u00e1ndose fundamentalmente en la definici\u00f3n de los intereses y medios procesales de los mismos, as\u00ed como en su aptitud para interponer la acci\u00f3n. Se estudia aqu\u00ed la legitimaci\u00f3n de las entidades instrumentales y su capacidad procesal tanto ante la jurisdicci\u00f3n ordinaria como ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, especialmente en el caso de los procesos interadministrativos. Y es que resulta evidente la frecuencia creciente de las tensiones que se generan entre las distintas entidades de derecho p\u00fablico que dependen de una administraci\u00f3n territorial y el propio ente matriz al que se vinculan. Buscando optimizar la utilizaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos en tales supuestos se han analizado distintas opciones, lleg\u00e1ndose finalmente a la conclusi\u00f3n de que una reforma legislativa en este punto es fundamental. de otra parte, por mucho que se haya querido desligar, la posici\u00f3n p\u00fablica procesal de un ente est\u00e1 mediatizada por quien sea su defensor; no en vano, en muchos casos, los privilegios procesales van ligados a la figura del abogado del estado. Por eso, antes de estudiar cu\u00e1l es la concreta posici\u00f3n procesal de los entes instrumentales en el litigio, y de qu\u00e9 privilegios de la administraci\u00f3n participan, es necesario estudiar las particularidades de su r\u00e9gimen de asistencia jur\u00eddica (cap\u00edtulo v). El sistema italiano se ha tomado como referencia comparada esencial, ya que en la doctrina cient\u00edfica se le tiene como el modelo m\u00e1s depurado de asistencia jur\u00eddica interna o funcionarial, del que espa\u00f1a tambi\u00e9n participa. Tambi\u00e9n se ha utilizado como elemento de confrontaci\u00f3n el derecho canadiense, por el reto que presentan sus fundamentos de common law. Tener claras las distintas posibilidades de defensa contenciosa en litigio de las entidades instrumentales nos parece fundamental porque cada vez es m\u00e1s frecuente que los particulares tengan que enfrentarse con alguna entidad de este tipo en los tribunales y se antoja imprescindible poder anticipar de qu\u00e9 privilegios procesales de la administraci\u00f3n se van a beneficiar estos, extremo que no resulta f\u00e1cil. De entrada porque la configuraci\u00f3n de las especialidades procesales de la administraci\u00f3n muchas veces es gen\u00e9rica, ignorando, en apariencia al menos, las particularidades de los entes instrumentales. Adem\u00e1s, en la pr\u00e1ctica y por razones que arraigan en la tradici\u00f3n, la mayor parte de las veces no es posible deslindar el status procesal de la figura del abogado del estado.  as\u00ed, finalmente, se afronta el an\u00e1lisis de las diferentes dimensiones en que los entes instrumentales participan de los privilegios procesales de la administraci\u00f3n (cap\u00edtulo vi). En general, el debate doctrinal sobre los privilegios procesales de la administraci\u00f3n se ha planteado en t\u00e9rminos de constitucionalidad. Con este estudio, y bajo el pretexto de estudiar el r\u00e9gimen espec\u00edfico de la intervenci\u00f3n procesal de la administraci\u00f3n instrumental, lo que se quiere evidenciar es la necesidad de su revisi\u00f3n. Que los privilegios procesales de la administraci\u00f3n (reclamaci\u00f3n administrativa previa a la v\u00eda judicial, fuero territorial, r\u00e9gimen especial de costas, exenci\u00f3n de cauciones, etc.) Sean constitucionales por ser m\u00ednimamente razonables y apoyarse en verdades incontestables tales como su estructura compleja o la defensa de intereses generales, no tiene por qu\u00e9 significar que sean necesarios o convenientes y ni mucho menos puede excluir un enjuiciamiento de lo adecuado de su configuraci\u00f3n inicial. Eso s\u00ed, ha de trasladarse el debate de la cuesti\u00f3n de constitucionalidad al juicio de oportunidad y contemplarse la escena desde la perspectiva de un sistema de organizaci\u00f3n administrativa coherente y unitario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>Datos acad\u00e9micos de la tesis doctoral \u00ab<strong>La administraci\u00f3n instrumental en el proceso<\/strong>\u00ab<\/h3>\n<ul>\n<li><strong>T\u00edtulo de la tesis:<\/strong>\u00a0 La administraci\u00f3n instrumental en el proceso <\/li>\n<li><strong>Autor:<\/strong>\u00a0 Alejandra Boto Alvarez <\/li>\n<li><strong>Universidad:<\/strong>\u00a0 Oviedo<\/li>\n<li><strong>Fecha de lectura de la tesis:<\/strong>\u00a0 12\/01\/2010<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>Direcci\u00f3n y tribunal<\/h3>\n<ul>\n<li><strong>Director de la tesis<\/strong>\n<ul>\n<li>Leopoldo Tolivar Alas<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Tribunal<\/strong>\n<ul>\n<li>Presidente del tribunal: luciano Vandelli <\/li>\n<li>miriam Cueto perez (vocal)<\/li>\n<li>Manuel Rebollo puig (vocal)<\/li>\n<li>Jos\u00e9 Luis Pi\u00f1ar ma\u00f1as (vocal)<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tesis doctoral de Alejandra Boto Alvarez Esta tesis doctoral pretende profundizar en el an\u00e1lisis y estudio de una categor\u00eda cl\u00e1sica 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