La intervencion de terceros en la resolucion de conflictos hereditarios: el arbitraje testamentario.

Tesis doctoral de Carmen Leonor Garcia Perez

El articulo 7 de la ley de arbitraje establece un arbitraje dispuesto por la sola voluntad del testador. Se trata de una disposicion modal que grava a los sucesores voluntarios o su cesores no legitimarios, constituyendo un cargo testamentario creado por ley especial y al cual por tanto no les son aplicables todos los preceptos que la ley dedica al convenio arbitral. El arbitro deisgnado que acepta tendra como funcion la de resolver los litigios que se planteen entre los sucesores voluntarios en aquella parte de la herencia en la que el testador tiene libre disponibilidad y en consecuencia poder para imponerla y sobre las controversias que se susciten dentro de las legalmente determinadas, administracion y distribucion.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «La intervencion de terceros en la resolucion de conflictos hereditarios: el arbitraje testamentario.«

  • Título de la tesis:  La intervencion de terceros en la resolucion de conflictos hereditarios: el arbitraje testamentario.
  • Autor:  Carmen Leonor Garcia Perez
  • Universidad:  Murcia
  • Fecha de lectura de la tesis:  01/01/1996

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • Juan Roca Juan
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: Manuel Albaladeto Garcia
    • Bernardo Moreno Quesada (vocal)
    • Vicente Montes Penades (vocal)
    • Silvia Diaz Alabart (vocal)

 

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